La Comisión Nacional de Energía inauguró el 1 de Julio una nueva versión de web específica para los consumidores insertada en su Web Corporativa http://www.cne.es/, en la que se ofrece información de interés sobre los aspectos relevantes del suministro de energía (Básicamente electricidad y gas natural pero también sobre el suministro de GLP´s)
La información va destinada preferentemente a los consumidores domésticos, y en la misma se ofrece además acceso a las empresas comercializadoras de electricidad y de gas para el suministro de último recurso y el suministro en el mercado liberalizado. En esta primera versión también se ofrece calculadores de precios regulados (Ultimo Recurso o precios de referencia para los consumidores que deben buscar comercializador en el mercado liberalizado, durante el periodo transitorio que no contraten esta modalidad de suministro) de electricidad y de gas que sirvan como referencia para los consumidores que puedan optar a ser suministrados en los mercados liberalizados. En una segunda etapa, se diseñará e insertará en esta WEB un COMPARADOR DE OFERTAS de las comercializadoras que operan en los mercados minoristas liberalizados de electricidad y de gas.
También, con la edición de esta nueva página Web para los consumidores en la que se ofrece información sobre los aspectos de mayor interés sobre el suministro en esta nueva etapa de la liberalización de los mercados de electricidad y de gas, la CNE dará cumplimiento a lo establecido en la “Disposición Adicional. Publicidad” segunda de la O.M. ITC/1659/2009, de 22 de Junio, por la que se establece el mecanismo de traspaso de clientes del mercado a tarifa al suministro de último recurso de energía eléctrica y el procedimiento de cálculo y estructura de las tarifas de último recurso de energía eléctrica, que indica que:
“La Comisión Nacional de Energía llevará a cabo las medidas necesarias para informar a los consumidores sobre el nuevo funcionamiento del sistema de suministro eléctrico. A tal efecto, publicará una página informativa específica en su página Web.
Si una empresa comercializadora dispone de ofertas comerciales para colectivos de consumidores, deberá comunicarlas a la Comisión Nacional de Energía quien las deberá publicar en su página Web”.
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La información va destinada preferentemente a los consumidores domésticos, y en la misma se ofrece además acceso a las empresas comercializadoras de electricidad y de gas para el suministro de último recurso y el suministro en el mercado liberalizado. En esta primera versión también se ofrece calculadores de precios regulados (Ultimo Recurso o precios de referencia para los consumidores que deben buscar comercializador en el mercado liberalizado, durante el periodo transitorio que no contraten esta modalidad de suministro) de electricidad y de gas que sirvan como referencia para los consumidores que puedan optar a ser suministrados en los mercados liberalizados. En una segunda etapa, se diseñará e insertará en esta WEB un COMPARADOR DE OFERTAS de las comercializadoras que operan en los mercados minoristas liberalizados de electricidad y de gas.
También, con la edición de esta nueva página Web para los consumidores en la que se ofrece información sobre los aspectos de mayor interés sobre el suministro en esta nueva etapa de la liberalización de los mercados de electricidad y de gas, la CNE dará cumplimiento a lo establecido en la “Disposición Adicional. Publicidad” segunda de la O.M. ITC/1659/2009, de 22 de Junio, por la que se establece el mecanismo de traspaso de clientes del mercado a tarifa al suministro de último recurso de energía eléctrica y el procedimiento de cálculo y estructura de las tarifas de último recurso de energía eléctrica, que indica que:
“La Comisión Nacional de Energía llevará a cabo las medidas necesarias para informar a los consumidores sobre el nuevo funcionamiento del sistema de suministro eléctrico. A tal efecto, publicará una página informativa específica en su página Web.
Si una empresa comercializadora dispone de ofertas comerciales para colectivos de consumidores, deberá comunicarlas a la Comisión Nacional de Energía quien las deberá publicar en su página Web”.
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Descarga PDFs (Herencia.es):
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Anexo I - Pensionistas
Anexo II - Familia numerosas
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